ANUNCIO

Madrid, 22 de enero de 2025

El Juzgado de lo Mercantil Nº 6 de Madrid ha admitido a trámite -con fecha 8 de enero de 2025- la solicitud presentada por la Administración Concursal, mediante la cual se promueve expediente de consignación judicial de cantidades dinerarias para pago de acreedores.

Se informa a los acreedores de la mercantil ARTE Y NATURALEZA GESPART, S.L. (NIF B81577157), que la relación de interesados en dicho expediente consta en los listados que se adjuntan:

Listado I Relación de acreedores con crédito con privilegio general. Descarga

Listado II Relación de acreedores con crédito ordinario (acreedores por contratos). Descarga

El criterio seguido para la inclusión en el expediente es el siguiente: a) pagos a los acreedores inferiores a los tres (3) euros; y b) cantidades que no han podido satisfacerse a los acreedores, por causas diversas.

Documentos relacionados para consulta y descarga:

Decreto del Juzgado de lo Mercantil Nº6. Descarga

Publicación en el BOE. Descarga

Publicación en periódicos. Descarga

Acreedores afectados

Los acreedores incluidos en los listados mencionados tendrán de plazo HASTA EL 22 DE MARZO DE 2025 PARA PRESENTAR POR ESCRITO SU SOLICITUD EXPRESA E IRREVOCABLE DE ENTREGA DE LAS CANTIDADES QUE LES CORRESPONDAN.

Documentación necesaria para la solicitud de pago.

Con el fin de garantizar el pago de cantidades, mediante transferencia bancaria, será imprescindible presentar la siguiente documentación:

  1. Formulario de solicitud, debidamente cumplimentado y firmado (preferible firma digital o mediante certificado).
  2. Copia legible del anverso y reverso del Documento Nacional de Identidad (DNI), Número de Identificación Fiscal (NIF) o Número de Identificación de Extranjero (NIE).
  3. Certificado de titularidad de la cuenta bancaria designada para recibir el pago, a nombre del acreedor.

En caso de que la solicitud sea realizada por un representante del acreedor titular, será necesario adjuntar un poder notarial que acredite dicha representación.

En caso de transmisión del crédito por herencia, deberá acreditarse mediante escritura pública y justificante de abono del Impuesto de Sucesiones.

Modalidades de envío de la solicitud

Formulario digital:

Correo postal (recomendamos sea certificado por su seguridad):

Formulario para descarga. Descarga

Formulario para descarga – herederos legales. Descarga

Dirección postal:

Dédalo Consulting y Gestión S.L.
Afectados Arte y Naturaleza
C/ Felipe IV nº9, 5º Izquierda
28014 Madrid, España

Atentamente,
Administración Concursal de ARTE Y NATURALEZA GESPART, S.L

Mensaje de Seguridad: Protege tus Datos Bancarios

1. Nunca envíes información sensible por correo electrónico:
Evita enviar información como números de cuenta, contraseñas o detalles de tarjetas de crédito por correo electrónico. El correo electrónico no es un medio seguro y podría exponer tus datos a riesgos de seguridad.

2. No compartas información financiera por teléfono:
Si recibes llamadas telefónicas de personas que dicen ser de ARTE Y NATURALEZA GESPART o de entidades financieras, ten precaución. No compartas información confidencial por teléfono a menos que estés seguro de la legitimidad de la llamada. ARTE Y NATURALEZA GESPART nunca te pedirá información sensible por teléfono.

3. Utiliza canales seguros para la comunicación:
Para cualquier comunicación relacionada con información financiera, utiliza los canales seguros proporcionados por ARTE Y NATURALEZA GESPART. Estos canales están diseñados para Proteger tus datos y garantizar tu privacidad.

4. Verifica la autenticidad de las comunicaciones:
Antes de proporcionar cualquier información, verifica la autenticidad de la comunicación.

5. Recuerda que tu seguridad financiera es importante.

Descargar formularios de Solicitud de cantidades consignadas

Preguntas frecuentes

Ponemos a disposición de los acreedores las principales cuestiones que les pueden surgir y la forma de proceder:

+ Soy acreedor por contratos y ya he recibido el cobro correspondiente a mi crédito concursal. ¿Cómo puedo obtener el certificado de pérdida patrimonial?

El concurso de acreedores de ARTE Y NATURALEZA GESPART, S.L. en Liquidación sigue en curso, tramitado por el Juzgado de lo Mercantil nº 6 de Madrid bajo el número de autos 505/2006.


Hasta que el Juzgado no dicte Auto de conclusión del concurso (que se publicará en esta web), no se puede emitir el certificado de pérdida patrimonial correspondiente a cada uno de los acreedores.


Una vez emitido, el certificado estará disponible para su descarga y/o solicitud.


Importante:

  1. El certificado servirá como justificante de la pérdida patrimonial ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). Su contenido deberá ser declarado en el ejercicio fiscal correspondiente al año en que se dicte el Auto de conclusión del concurso.
  2. Le recomendamos guarde el extracto bancario del ingreso de pago/s de su/s crédito/s efectuado/s por Arte y Naturaleza.
+ Solicite la entrega de la obra adjudicada a mis contratos (opción A) de “Mandato de Venta y Compra” y/o “Constitución de Patrimonio Artístico” y aún no he procedido a retirarla.

El plazo límite para proceder a la retirada de la obra almacenada en ARTE Y NATURALEZA se encontraba establecido para el día 30 de septiembre de 2019, de acuerdo con lo dispuesto en el auto del 23 de abril de 2019 emitido por el Juzgado de lo Mercantil Nº 6 de Madrid.


Es importante destacar que dicha fecha representa un plazo improrrogable y preclusivo, lo cual implica que, en caso de no haber retirado la obra dentro de dicho plazo, la misma ha sido objeto de consignación judicial.
De esta manera, es relevante mencionar que el crédito que a usted se le había reconocido ha sido liberado de los contratos en los cuales había seleccionado la opción A.

AUTO DE MEDIDAS EN RELACIÓN A LA ENTREGA DE OBRA JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 06 DE MADRID

AUTO Nº 302/2021 Procedimiento: Consignación judicial 274/2020


+ Opte por la Opción B o no envié la HOJA DE RESPUESTA ¿En que situación se encuentra mi crédito?

En el caso de que usted haya seleccionado la opción B o no haya emitido respuesta a la HOJA RESPUESTA, es importante mencionar que se mantiene incluido en el listado de acreedores y la obra en cuestión ha sido incluida en la masa activa de conformidad con el procedimiento establecido en el Auto del 23 de abril de 2019, emitido por el Juzgado Mercantil Nº6 de Madrid.

AUTO DE MEDIDAS EN RELACIÓN A LA ENTREGA DE OBRA JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 06 DE MADRID

+ Soy acreedor de un contrato de “Venta, aseguramiento y deposito” (VDA) y no he retirado la obra.

El plazo límite para proceder a la retirada de la obra depositada en ARTE Y NATURALEZA se encontraba establecido para el día 30 de septiembre de 2019, de acuerdo con lo dispuesto en el auto del 23 de abril de 2019 emitido por el Juzgado de lo Mercantil Nº 6.
Es importante destacar que dicha fecha representa un plazo improrrogable y preclusivo, lo cual implica que, en caso de no haber retirado la obra dentro de dicho plazo, la misma ha sido objeto de consignación judicial.


AUTO DE MEDIDAS EN RELACIÓN A LA ENTREGA DE OBRA JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 06 DE MADRID

AUTO Nº 302/2021 Procedimiento: Consignación judicial 274/2020

+ Retiró la obra correspondiente a sus contratos previo a la entrada en concurso voluntario de acreedores, ocurrida el 5 de diciembre de 2006, y no reintegró dicha obra al concurso.

Los acreedores con obra, bienes o lotes completos e identificables e individualizables en todos sus elementos, que no fueron restituidos a la masa tales obras, bienes y lotes, se entenderá que han optado por ver satisfecho su crédito concursal por la definitiva propiedad de los bienes de su titularidad que retienen de modo pacífico, ininterrumpido y público; quedando todos ellos y por la totalidad de su crédito excluidos de la masa pasiva; y aquellos bienes, obras y lotes de la masa activa; desconociéndose la situación, estado, uso, utilización, negocios jurídicos y conservación de los mismos.


En caso de retener solo una parte de las obras afectas al contrato o contratos, la fecha límite para retirar la obra en el almacén de ARTE Y NATURALEZA era hasta el lunes 30 de septiembre de 2019, plazo improrrogable y preclusivo.

AUTO DE MEDIDAS EN RELACIÓN A LA ENTREGA DE OBRA JUZGADO DE LO MERCANTIL

Si usted no se hizo cargo de la obra, la misma se encuentra consignación judicialmente y el crédito reconocido
liberado de los contratos.
Procedimiento: Consignación judicial 274/2020

CONTACTO

Afectados Arte y Naturaleza
C. de Felipe IV, 9, 5º Izquierda, Retiro
28014 Madrid.

sedecentral@arteynaturaleza.com

Auto autorizando la propuesta de servicios de contratación de profesionales

Por escrito de 25.11.2024 de la ADMINISTRACIÓN CONCURSAL de la mercantil Arte y Naturaleza Gespart, S.L. se solicitó la autorización de la propuesta de servicios en los términos que constan en su escrito, alegando los motivos y razones que constan en autos.

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Auto autorizando la propuesta de servicios de contratación de profesionales

Por escrito de 25.11.2024 de la ADMINISTRACIÓN CONCURSAL de la mercantil Arte y Naturaleza Gespart, S.L. se solicitó la autorización de la propuesta de servicios en los términos que constan en su escrito, alegando los motivos y razones que constan en autos.