ARTE Y NATURALEZA GESPART, S.L.
JUZGADO DE LO MERCANTIL NUMERO 6 DE MADRID
Concurso voluntario 505 / 2006

Información sobre procedimientos de consignación y acreditación de pérdida patrimonial

CONSIGNACIÓN JUDICIAL 850/2024

El Juzgado de lo Mercantil nº 6 de Madrid, mediante Auto nº 236/2025 de fecha 16 de mayo de 2025 y Auto rectificativo de 21 de mayo de 2025, ha resuelto el destino de las cantidades consignadas en el marco del concurso de ARTE Y NATURALEZA GESPART, S.L. (NIF B81577157).

Dicho Auto establece el procedimiento de entrega de fondos, la obligación de rendición de cuentas semestral y el sistema de resolución de incidencias relativas al expediente de consignación dineraria nº 850/2024.

La gestión de las solicitudes de cobro, así como la verificación de la documentación y su tramitación, ha sido encomendada a DÉDALO CONSULTING Y GESTIÓN, S.L. (NIF B13466156).

Asimismo, el Juzgado ha determinado que el plazo para reclamar los importes consignados por parte de los acreedores incluidos en el expediente nº 850/2024 finalizará el 16 de mayo de 2030.

Una vez concluido el procedimiento concursal, permanecen activos únicamente dos expedientes de consignación iniciados durante el concurso:

    • Expediente de consignación dineraria nº 850/2024, regulado por Auto nº 236/2025 y encomendado y gestionado por Dédalo Consulting y Gestión, S.L.
    • Expediente de consignación de la obra artística nº 274/2020, regulado por el Auto nº 302/2021 y encomendado a la Consejería de Justicia de la Comunidad de Madrid.

Respecto al expediente dinerario, los listados publicados incluyen exclusivamente a aquellos acreedores que aún tienen pendiente el cobro de alguna cantidad consignada durante el concurso.

Listado Acreedores Con Crédito Ordinario – Consignados
Listado Acreedores Con Crédito Privilegio General – Consignados

En los apartados correspondientes de esta web encontrará información detallada sobre el procedimiento para presentar su solicitud, el proceso de entrega y la tramitación de incidencias, conforme a lo dispuesto en el Auto de 16 de mayo de 2025.

Para solicitar la información relativa a la acreditación de la pérdida patrimonial, se ha habilitado el siguiente [enlace], disponible solo para los acreedores interesados en el marco del concurso de ARTE Y NATURALEZA GESPART, S.L.

Formularios Online de Solicitud de cantidades consignadas.

Descargar formularios de Solicitud de cantidades consignadas para envío por correo postal.

Mensaje de Seguridad: Protege tus Datos Bancarios

1. Nunca envíes información sensible por correo electrónico:
Evita enviar información como números de cuenta, contraseñas o detalles de tarjetas de crédito por correo electrónico. El correo electrónico no es un medio seguro y podría exponer tus datos a riesgos de seguridad.

2. No compartas información financiera por teléfono:
Si recibes llamadas telefónicas de personas que dicen ser de ARTE Y NATURALEZA GESPART, DÉDALO CONSULTING Y GESTIÓN, S.L. o de entidades financieras, ten precaución. No compartas información confidencial por teléfono a menos que estés seguro de la legitimidad de la llamada. DÉDALO CONSULTING Y GESTIÓN, S.L. nunca te pedirá información sensible por teléfono.

3. Utiliza canales seguros para la comunicación:
Para cualquier comunicación relacionada con información financiera, utiliza los canales seguros proporcionados por DÉDALO CONSULTING Y GESTIÓN, S.L. Estos canales están diseñados para Proteger tus datos y garantizar tu privacidad.

4. Verifica la autenticidad de las comunicaciones:
Antes de proporcionar cualquier información, verifica la autenticidad de la comunicación.

5. Recuerda que tu seguridad financiera es importante.

Preguntas frecuentes

Ponemos a disposición de los acreedores las principales cuestiones que les pueden surgir y la forma de proceder:

+ Soy acreedor por contratos y ya he recibido el cobro correspondiente a mi crédito concursal. ¿Cómo puedo obtener el certificado de pérdida patrimonial?

El concurso de acreedores de ARTE Y NATURALEZA GESPART, S.L. en Liquidación sigue en curso, tramitado por el Juzgado de lo Mercantil nº 6 de Madrid bajo el número de autos 505/2006.

Hasta que el Juzgado no dicte Auto de conclusión del concurso (que se publicará en esta web), no se puede emitir el certificado de pérdida patrimonial correspondiente a cada uno de los acreedores.

Una vez emitido, el certificado estará disponible para su descarga y/o solicitud.

Importante:

  1. El certificado servirá como justificante de la pérdida patrimonial ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). Su contenido deberá ser declarado en el ejercicio fiscal correspondiente al año en que se dicte el Auto de conclusión del concurso.
  2. Le recomendamos guarde el extracto bancario del ingreso de pago/s de su/s crédito/s efectuado/s por Arte y Naturaleza.
+ Solicite la entrega de la obra adjudicada a mis contratos (opción A) de “Mandato de Venta y Compra” y/o “Constitución de Patrimonio Artístico” y aún no he procedido a retirarla.

El plazo límite para proceder a la retirada de la obra almacenada en ARTE Y NATURALEZA se encontraba establecido para el día 30 de septiembre de 2019, de acuerdo con lo dispuesto en el auto del 23 de abril de 2019 emitido por el Juzgado de lo Mercantil Nº 6 de Madrid.

Es importante destacar que dicha fecha representa un plazo improrrogable y preclusivo, lo cual implica que, en caso de no haber retirado la obra dentro de dicho plazo, la misma ha sido objeto de consignación judicial.
De esta manera, es relevante mencionar que el crédito que a usted se le había reconocido ha sido liberado de los contratos en los cuales había seleccionado la opción A.

AUTO DE MEDIDAS EN RELACIÓN A LA ENTREGA DE OBRA JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 06 DE MADRID

AUTO Nº 302/2021 Procedimiento: Consignación judicial 274/2020

+ Opte por la Opción B o no envié la HOJA DE RESPUESTA ¿En que situación se encuentra mi crédito?

En el caso de que usted haya seleccionado la opción B o no haya emitido respuesta a la HOJA RESPUESTA, es importante mencionar que se mantiene incluido en el listado de acreedores y la obra en cuestión ha sido incluida en la masa activa de conformidad con el procedimiento establecido en el Auto del 23 de abril de 2019, emitido por el Juzgado Mercantil Nº6 de Madrid.

AUTO DE MEDIDAS EN RELACIÓN A LA ENTREGA DE OBRA JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 06 DE MADRID

+ Soy acreedor de un contrato de “Venta, aseguramiento y deposito” (VDA) y no he retirado la obra.

El plazo límite para proceder a la retirada de la obra depositada en ARTE Y NATURALEZA se encontraba establecido para el día 30 de septiembre de 2019, de acuerdo con lo dispuesto en el auto del 23 de abril de 2019 emitido por el Juzgado de lo Mercantil Nº 6.
Es importante destacar que dicha fecha representa un plazo improrrogable y preclusivo, lo cual implica que, en caso de no haber retirado la obra dentro de dicho plazo, la misma ha sido objeto de consignación judicial.

AUTO DE MEDIDAS EN RELACIÓN A LA ENTREGA DE OBRA JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 06 DE MADRID

AUTO Nº 302/2021 Procedimiento: Consignación judicial 274/2020

+ Retiró la obra correspondiente a sus contratos previo a la entrada en concurso voluntario de acreedores, ocurrida el 5 de diciembre de 2006, y no reintegró dicha obra al concurso.

Los acreedores con obra, bienes o lotes completos e identificables e individualizables en todos sus elementos, que no fueron restituidos a la masa tales obras, bienes y lotes, se entenderá que han optado por ver satisfecho su crédito concursal por la definitiva propiedad de los bienes de su titularidad que retienen de modo pacífico, ininterrumpido y público; quedando todos ellos y por la totalidad de su crédito excluidos de la masa pasiva; y aquellos bienes, obras y lotes de la masa activa; desconociéndose la situación, estado, uso, utilización, negocios jurídicos y conservación de los mismos.

En caso de retener solo una parte de las obras afectas al contrato o contratos, la fecha límite para retirar la obra en el almacén de ARTE Y NATURALEZA era hasta el lunes 30 de septiembre de 2019, plazo improrrogable y preclusivo.

AUTO DE MEDIDAS EN RELACIÓN A LA ENTREGA DE OBRA JUZGADO DE LO MERCANTIL

Si usted no se hizo cargo de la obra, la misma se encuentra consignación judicialmente y el crédito reconocido
liberado de los contratos.
Procedimiento: Consignación judicial 274/2020

CONTACTO

Afectados Arte y Naturaleza
C. de Felipe IV, 9, 5º Izquierda, Retiro
28014 Madrid.

arteynaturaleza@dedalogestion.com